
Pagani Contra el Estatuto de la UNT: el Saabismo se Inscribe Mañana para un Tercer Rectorado Contra lo Dispuesto por la Asamblea Universitaria
PoderSinFiltroEl Estatuto que la Junta ignoró
El artículo 17 del nuevo Estatuto de la UNT, aprobado por la Asamblea Universitaria N°50 el 25 de abril de 2024, no modificó en nada el régimen de mandatos que ya regía bajo el Estatuto anterior: cuatro años, una sola reelección consecutiva, y el cargo de vicerrector computa para el cómputo de mandatos. Pagani fue vicerrector entre 2018 y 2022 y rector entre 2022 y 2026. Dos mandatos consecutivos. El Estatuto lo inhabilita.
La cláusula transitoria del artículo 190 —cuya redacción merece atención— establece que "En el caso de segundo período como rector o vicerrector y viceversa, el mandato vence en la segunda quincena de mayo del 2026". El único destinatario posible de esa norma es quien esté en la situación que el inciso describe: un rector cumpliendo su segundo mandato consecutivo. Es Pagani. El Estatuto fija que su ciclo termina en mayo de 2026 y no prevé continuación alguna.
En la misma sesión asamblearia donde se aprobó el nuevo texto, los asambleístas votaron explícitamente sobre el reseteo de mandatos que el oficialismo intentaba colar como cláusula transitoria —la llamada "cláusula Alperovich", en alusión a la maniobra que en 2006 le permitió al ex gobernador José Alperovich presentarse a un tercer mandato amparado en una nueva Constitución provincial. La Asamblea rechazó esa propuesta por 79 votos contra 34. Fue el propio Pagani quien presidió la sesión y anunció el resultado.
Esa misma noche, ante las cámaras de La Gaceta, el rector explicó la decisión con una claridad que no deja margen de reinterpretación:
"El nuevo estatuto dice lo que ya decía: no se puede repetir y cuenta el mandato de Vicerrector o Vicedecano; yo ya fui Vicerrector, ahora soy Rector y ya se me cumple. Salvo que espere un período, recién ahí podría. Mi ciclo culmina al finalizar mi gestión actual."
Sergio Pagani · La Gaceta · 21 de noviembre de 2024
Tres semanas más tarde, el 9 de diciembre, agregó argumentos éticos: dijo creer en la renovación de las autoridades como principio saludable, y ante la pregunta directa sobre si se presentaría en 2026 respondió "No, no. Ya dije que no". Esas declaraciones, certificadas ante escribana pública, forman parte del expediente judicial. Ninguna fue desmentida. Ninguna fue rectificada. Son la interpretación que el propio rector hizo del Estatuto antes de tener razones para mentir.
El juez de YMAD es el juez del tercer mandato
Hay un dato que hasta ahora la cobertura no había articulado, y que la inscripción de mañana vuelve imposible de seguir ignorando. El juez federal que el 23 de abril rechazó la acción declarativa de Cabrera y Abdala —Guillermo Andrés Díaz Martínez— es el mismo juez federal que el 27 de febrero homologó el acuerdo UNT-YMAD que da por "cumplida" la Ciudad Universitaria de San Javier con 135.000 metros cuadrados de obra en cualquier lugar.
Díaz Martínez es titular del Juzgado Federal N°2 de Catamarca desde mayo de 2022, cargo que obtuvo encabezando el orden de mérito del concurso con 164,9 puntos. Por la crisis de vacancia en la Justicia Federal de Tucumán subroga juzgados federales tucumanos y, lo que importa especialmente para esta historia, es además juez electoral federal.
El 27 de febrero de 2026, en su carácter de juez federal de Catamarca, homologó el acuerdo conciliatorio firmado el 15 de diciembre de 2025 por Pagani y el gobernador Raúl Jalil. Ese acuerdo:
- Da por terminada la querella mediante la cual la UNT pedía declarar nulo el convenio fraudulento de 2008.
- Acepta que la obligación legal del artículo 18 inciso b) de la Ley 14.771 —terminar la Ciudad Universitaria de San Javier "conforme a los planos ya aprobados"— se dé por "cumplida" con la construcción de 135.000 metros cuadrados de obra en cualquier lugar que determine el Consejo Superior.
- Adquiere carácter de cosa juzgada: el conflicto queda definitivamente cerrado.
La Ciudad Universitaria que la Ley 14.771 ordena construir desde 1958 fue concebida como un campus de 130 hectáreas en el cerro San Javier según los 2.783 planos aprobados del proyecto original de Sacriste, Caminos y Vivanco —planos que esta sección localizó en el archivo universitario. La "nueva" ciudad universitaria que el acuerdo Pagani-Jalil consagra es, en los hechos, el blanqueo final de la maniobra que en 2008 declaró "concluida" una obra que nunca se hizo, redirigiendo así fondos públicos con destino específico a obras menores con discrecionalidad rectoral. La causa por la que Juan Alberto Cerisola fue condenado a tres años y seis meses de prisión en 2025 por administración fraudulenta en la causa YMAD dejó expresamente abierta la investigación hacia otros responsables. La homologación de Díaz Martínez del 27 de febrero cierra esa puerta.
Dos meses después, el mismo juez —ahora subrogando en Tucumán— le dice a Cabrera y Abdala que las declaraciones notariadas del rector son "trascendidos periodísticos" y que no hay "caso" que justifique aplicar el Estatuto. El juez que selló la continuidad del esquema YMAD es el mismo que ahora despeja el camino para que el rector que firmó esa continuidad pueda quedarse cuatro años más a administrarla. No es coincidencia. Es continuidad./E.T.


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